Vamos
a analizar cómo contabilizar un alquiler con opción de compra tanto en el caso
de que se ejercite la opción de compra como si no se ejercitara.
Para la correcta
contabilización deberemos de distinguir si es arrendamiento operativo o
financiero.
Según la Norma de Registro y
Valoración 8ª del Plan General Contable se establece que un arrendamiento será
financiero si “se transfieren
sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del
activo” y esto ocurrirá cuando “no
existan dudas razonables de que se va dicha opción”. Según el PGC no
existirá dudas razonables cuando en el caso de que exista opción a compra
cuando el valor actualizado de los
flujos generados por el arrendamiento sea similar al valor de mercado del bien
en el momento de firmar el alquiler con opción a compra.
En el caso de un alquiler con opción a compra, normalmente, el valor
actualizado de los alquileres es bastante inferior al valor de mercado del bien
que se arrienda, por lo tanto, estaremos ante un arrendamiento operativo.
En los arrendamientos operativos
se registrará como un ingreso cada uno
de los alquileres en el momento en que se produce el devengo de los mismos.
Arrendador.
En relación con el activo,
deberemos de reclasificar el inmueble alquilado dándolo de baja en inmovilizado
material (21) a inversiones inmobiliarias (22).
Deberemos de reconocer un ingreso
en función del criterio de devengo por cada alquiler:
______________ x
_________________________
(440) Deudores a
(477) IVA repercutido
a (752) Ing.por arrendamientos.
______________ x
_________________________
En el caso de que la actividad
principal de la empresa sea el arrendamiento, en lugar de la (752) utilizaremos
la (705) ó (706) para que se refleje en la cifra de negocios, y en lugar de
(440) Deudores lo contabilizaremos en la (430) Clientes.
En relación con la fianza
recibida por el arrendatario:
______________ x
_________________________
(572) Bancos a
(184) Fianzas rec.arrendatarios
______________ x
_________________________
En el momento de depositar la
fianza en el IVIMA:
______________ x
_________________________
(264) Fianzas depositadas
a ( 572) Bancos
______________ x
_________________________
Si con posterioridad se ejercita
la opción de compra, restaremos del precio de venta los alquileres cobrados en función de lo estipulado en el contrato de alquiler con opción a compra, cobrando el resto del precio y daremos de baja el inmueble y reconoceremos el beneficio/pérdida de
la operación:
______________ x
_________________________
(572) Banco
(282) Amort.Acumulada
a (220) Inv. Inmobiliarias (suelo)
a (220) Inv. Inmobiliarias (suelo)
a (221) Inv. Inmobiliarias (const.)
a (477) IVA Repercutido
a (77) Bº derivados de inv.inmob.
(67) Pdas derivadas de
inver.inmobiliarias.
______________ x __________________________
Arrendatario.
Por el devengo de cada alquiler:
______________ x
_________________________
(621) Arrendamientos y cánones
(472) HP IVA soportado
a ( 410) Acreed.prestación de serv.
a ( 410) Acreed.prestación de serv.
______________ x _________________________
Por el pago de cada alquiler:
______________ x
_________________________
(410) Acreed.prestación de
serv.
a (572) Bancos
_____________ x
__________________________
Por la fianza entregada
______________ x
_________________________
(185) Fianzas constituidas LP
a (572) Banco
______________ x
_________________________
Si se ejercita la opción de
compra tendremos que imputar los alquileres pagados como mayor valor del
inmovilizado, tal y como, está regulado en la Norma de Registro y Valoración
22ª “Cambios en criterios contables y estimaciones”
______________ x
_________________________
(220) Inv.Inmob (suelo)
(221) Inv.Inmob (constr)
a (113) Reservas Voluntarias
a (113) Reservas Voluntarias
______________ x
_________________________
Cuando registremos la compra del
bien y demos de alta el activo tendremos que tener la precaución de no
amortizar la parte del coste que se corresponde con el alquiler que hemos
pagado para evitar duplicar el gasto.
______________ x
_________________________
(220) Inv.Inmob (suelo)
(221) Inv.Inmob (constr)
(472) HP IVA soportado
a (523) Prov. de inmovilizado
a (523) Prov. de inmovilizado
______________ x
_________________________
______________ x
_________________________
(523) Prov. de inmovilizado
a (572) Banco.
a (572) Banco.
______________ x
_________________________
En el caso de que nos subroguemos
en el préstamo bancario, el asiento sería:
______________ x
_________________________
(220) Inv.Inmob (suelo)
(221) Inv.Inmob (constr)
(472) HP IVA soportado
a (523) Prov.de inmovilizado
a (523) Prov.de inmovilizado
a (521) ó (171) Deudas Ent.Cdto.
______________ x
_________________________
Si necesitas
cualquier información adicional puedes contactar con nosotros en
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