miércoles, 29 de octubre de 2014

COMO CONTABILIZAR UN ALQUILER CON OPCION A COMPRA



Vamos a analizar cómo contabilizar un alquiler con opción de compra tanto en el caso de que se ejercite la opción de compra como si no se ejercitara.

Para la correcta contabilización deberemos de distinguir si es arrendamiento operativo o financiero.

Según la Norma de Registro y Valoración 8ª del Plan General Contable se establece que un arrendamiento será financiero si “se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo” y esto ocurrirá cuando “no existan dudas razonables de que se va dicha opción”. Según el PGC no existirá dudas razonables cuando en el caso de que exista opción a compra cuando el valor actualizado de los flujos generados por el arrendamiento sea similar al valor de mercado del bien en el momento de firmar el alquiler con opción a compra.

En el caso de un alquiler con opción a compra, normalmente, el valor actualizado de los alquileres es bastante inferior al valor de mercado del bien que se arrienda, por lo tanto, estaremos ante un arrendamiento operativo.

En los arrendamientos operativos se registrará como un ingreso  cada uno de los alquileres en el momento en que se produce el devengo de los mismos.

Arrendador.

En relación con el activo, deberemos de reclasificar el inmueble alquilado dándolo de baja en inmovilizado material (21) a inversiones inmobiliarias (22).

Deberemos de reconocer un ingreso en función del criterio de devengo por cada alquiler:
______________  x   _________________________
(440) Deudores      a     (477) IVA repercutido
                               a     (752) Ing.por arrendamientos.
______________  x   _________________________

En el caso de que la actividad principal de la empresa sea el arrendamiento, en lugar de la (752) utilizaremos la (705) ó (706) para que se refleje en la cifra de negocios, y en lugar de (440) Deudores lo contabilizaremos en la (430) Clientes.

En relación con la fianza recibida por el arrendatario:
______________  x   _________________________
(572) Bancos        a  (184) Fianzas rec.arrendatarios
______________  x   _________________________

En el momento de depositar la fianza en el IVIMA:
______________  x   _________________________
(264) Fianzas depositadas
                               a ( 572) Bancos
______________  x   _________________________

Si con posterioridad se ejercita la opción de compra, restaremos del precio de venta los alquileres cobrados en función de lo estipulado en el contrato de alquiler con opción a compra, cobrando el resto del precio y daremos de baja el inmueble y reconoceremos el beneficio/pérdida de la operación:
______________  x   _________________________
(572)  Banco
(282) Amort.Acumulada   
                              a  (220) Inv. Inmobiliarias (suelo)
                              a  (221) Inv. Inmobiliarias (const.)
                              a  (477) IVA Repercutido
                              a  (77) Bº derivados de inv.inmob.
(67) Pdas derivadas de inver.inmobiliarias.
______________  x   __________________________


Arrendatario.

Por el devengo de cada alquiler:
______________  x   _________________________
(621) Arrendamientos y cánones
(472) HP IVA soportado  
                             a  ( 410) Acreed.prestación de serv.
______________  x   _________________________

Por el pago de cada alquiler:
______________  x   _________________________
(410) Acreed.prestación de serv.
                               a  (572) Bancos
_____________  x   __________________________

Por la fianza entregada

______________  x   _________________________
(185) Fianzas constituidas LP
                                a (572) Banco
______________  x   _________________________

Si se ejercita la opción de compra tendremos que imputar los alquileres pagados como mayor valor del inmovilizado, tal y como, está regulado en la Norma de Registro y Valoración 22ª “Cambios en criterios contables y estimaciones”
______________  x   _________________________
(220) Inv.Inmob (suelo) 
(221) Inv.Inmob (constr)
                              a  (113) Reservas Voluntarias
______________  x   _________________________

Cuando registremos la compra del bien y demos de alta el activo tendremos que tener la precaución de no amortizar la parte del coste que se corresponde con el alquiler que hemos pagado para evitar duplicar el gasto.

______________  x   _________________________
(220) Inv.Inmob (suelo)
(221) Inv.Inmob (constr)
(472) HP IVA soportado
                              a (523) Prov. de inmovilizado
______________  x   _________________________
______________  x   _________________________
(523) Prov. de inmovilizado
                              a (572) Banco.
______________  x   _________________________

En el caso de que nos subroguemos en el préstamo bancario, el asiento sería:
______________  x   _________________________
(220) Inv.Inmob (suelo)
(221) Inv.Inmob (constr)
(472) HP IVA soportado
                              a (523) Prov.de inmovilizado
                              a (521) ó (171) Deudas Ent.Cdto.
______________  x   _________________________



Si necesitas cualquier información adicional puedes contactar con nosotros en

rbasesoriamadrid@gmail.com

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